ABOGADOS HERENCIAS Y SUCESIONES
EN MADRID

Tras el fallecimiento de una persona se suelen dar conflictos entre los herederos. Por ello, es fundamental contar con un abogado especializado en Herencias para que os asesore y pueda mediar en vuestro caso para darle una solución extrajudicial o bien solicitar, en su caso, el cumplimiento de aquellos derechos que están reconocidos por ley o bien por testamento vía judicial.
En ARLAW Abogados somos especialistas en Herencias, Donaciones, Testamentos y Sucesiones en Madrid.
¿Cómo se tramita una herencia?
La tramitación de una herencia puede variar, en función de si existe testamento o no. No obstante, los documentos iniciales para tramitar la herencia son:
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El certificado de defunción.
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Los certificados de actos de última voluntad y los certificados de seguros de vida.
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El testamento, en su caso.
En el supuesto de que el fallecido no haya otorgado testamento, además de la documentación mencionada, deberá llevarse a cabo la declaración de herederos a través de Notario que determinará quiénes son los herederos legales de acuerdo a lo dispuesto en la Ley.
Se denomina sucesión testada cuando en una herencia existe testamento en la que el testador plasma su última voluntad, disponiendo el destino de todos o parte de sus bienes después de su muerte. Puede ocurrir, que una persona haya hecho en vida más de un testamento. En ese caso, valdrá el último testamento que haya sido otorgado por el testador antes de fallecer.
En cuanto a los tipos de testamento, existen varios:
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El testamento abierto: es el que se realiza ante Notario
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El testamento cerrado: se trata de un testamento que es secreto, del que solo tienen conocimiento de la voluntad del testador los abogados, en su caso, y testigos. El Notario se encargará de su custodia y de atestiguar su existencia.
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El testamento ológrafo: es aquel que está escrito por el testador de su puño y letra. Para que sea válido es necesario que se cumplan una serie de requisitos: todo el testamento debe estar escrito y firmado por el testador, expresando el año, mes y día de su otorgamiento.
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El testamento mancomunado: es aquel mediante el cual dos personas, expresan sus últimas voluntades de forma conjunta.
En estos casos, tras el fallecimiento del testador, se llevará a cabo la adjudicación y partición de la herencia. Habrá que solicitar el certificado de últimas voluntades en el Registro General de Actos de última Voluntad, que puede solicitarse a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia. Para ello, tendrán que haber transcurrido al menos 15 días del fallecimiento del testador y presentar previamente el certificado de defunción original o copia compulsada. Así, comprobaremos que el fallecido otorgó testamento y ante qué Notario lo otorgó, pudiendo solicitarle una copia autorizada del testamento.
Una vez que se obtiene la copia autorizada del testamento, el siguiente paso consiste en realizar el inventario de los bienes, derechos y deudas que integran la herencia, haciendo una relación de todo el activo y del pasivo, detallando el valor de cada uno de ellos. Esto es importante hacerlo antes de aceptar pura y simplemente o repudiar (renunciar) a la herencia, o bien aceptarla a beneficio de inventario.
Una vez realizado el inventario, los herederos aceptarán o renunciarán a la herencia y se procederá a la liquidación de impuestos. Después de que todos los herederos hayan aceptado o renunciado a la herencia, se procederá a la partición de la misma.
Por su parte, se denomina sucesión intestada o abintestato cuando en una herencia no existe testamento o este es inválido (por ejemplo, existiendo testamento, no se han incluido en este parte de los bienes que corresponden).
En estos casos, los herederos legales deberán acudir al Notario del lugar de residencia del fallecido (causante) y otorgar un acta de declaración abintestato. Para ello habrá que aportar, como hemos mencionado más arriba: el certificado de defunción y el certificado del Registro de actos de última voluntad. Además, habrá que acreditar el parentesco con el causante, por lo que será necesario aportar el Libro de Familia.
Ante Notaría, también deberán comparecer dos testigos que tengan constancia de que esos son los herederos y que manifiesten que conocían al fallecido.
Después, se procederá a la partición de la herencia entre los herederos a través de escritura notarial. Si el causante no tenía bienes inmuebles, la partición podrá realizarse en documento privado.
Tras ello, se procederá a la liquidación de impuestos, para poder recibir el dinero que el causante tuviera en las entidades bancarias y, en su caso, si hubiera bienes inmuebles, para poderlos inscribir en el Registro de la Propiedad que corresponda.
En estos casos de sucesión abintestato, el Código Civil establece un orden de preferencia para heredar o suceder:
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Sucesión en la línea recta descendente. Primero se llama a los hijos y descendientes (nietos).
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Sucesión en la línea recta ascendente. Si no existen hijos o descendientes heredarán los padres y demás ascendientes.
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Sucesión del cónyuge viudo. A falta de los anteriores heredará el cónyuge viudo, salvo, que se encuentre separado de hecho o legalmente.
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Sucesión de los colaterales. A falta de los anteriores heredarán los hermanos y sobrinos.
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Sucesión del Estado. Si no existen personas que tengan derecho a heredar conforme a lo dispuesto en los apartados anteriores, la herencia corresponderá al Estado.
Abogados expertos en Herencias y Sucesiones conflictivas en Madrid
Nuestro despacho de abogados en Madrid está especializado en Herencias y Derecho Sucesorio, por lo que te asesoramos tanto en las herencias más sencillas como en las más conflictivas.
Si bien hay herencias en las que los herederos están todos de acuerdo y no hay ningún problema en la repartición de la herencia, hay otros casos en los que pueden existir conflictos, por lo que resulta fundamental la intervención de profesionales para que puedan negociar con el resto de herederos. En nuestro despacho de abogados especializados en Herencias en Madrid, siempre procuramos resolver las discrepancias que puedan surgir y lograr un acuerdo entre los herederos, pero si no es posible, acudiremos al procedimiento judicial correspondiente.
Tanto si resides en Madrid como en cualquier otro municipio del territorio nacional, en nuestro despacho te asesoraremos sobre cualquier duda que tengas sobre herencias.
Además, si estás buscando realizar un testamento, es importante contar con el asesoramiento de un abogado experto en herencias, para que pueda ayudarte a evitar problemas entre los herederos en el futuro.
En ARLAW Abogados somos especialistas en procedimientos de Herencias en Madrid, tanto de mutuo acuerdo como contenciosos en Madrid. Puedes contactar con nosotros a través de info@arlaw.es o bien llamándonos al 910 711 973 // 668 59 04 21

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